Plazo para contestar a la demanda en el juicio verbal
En el juicio verbal, el art. 438.1 LEC dispone que, admitida la demanda, el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado de ella al demandado para que la conteste por escrito en el plazo de diez días, conforme a lo dispuesto para el juicio ordinario, y que el demandado que no comparezca en el plazo otorgado será declarado en rebeldía.
Según el art. 133.1 LEC, los plazos comienzan a correr desde el día siguiente a aquel en que se hubiere efectuado el acto de comunicación del que la ley haga depender su inicio. La calculadora rotula este dato como «Fecha de notificación»: indique la fecha en que se efectuó el traslado de la demanda.
Qué calcula esta página
Contestación a la demanda (Juicio Verbal): 10 días hábiles · Art. 438.1 LEC
Plazo del demandado para contestar en juicio verbal.
Ejemplo
Fecha de notificación: viernes, 2 de octubre de 2026, con los festivos de Com. Madrid. El cómputo empieza el sábado, 3 de octubre de 2026 y el plazo vence el lunes, 19 de octubre de 2026.
Calculado por el mismo motor que la calculadora (caso fijado el 10 de octubre de 2026 y recalculado en cada publicación). Es orientativo: compruebe siempre el plazo de su caso.
Base legal en el BOE
- LEC · Artículo 438. Admisión de la demanda y contestación. Reconvención.
- LEC · Artículo 133. Cómputo de los plazos.
Enlaces al texto consolidado del BOE, comprobados el 11 de octubre de 2026.