Plazo del recurso de suplicación
El recurso de suplicación debe anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, por manifestación al recibir la notificación, por comparecencia o por escrito ante el juzgado que la dictó (art. 194 LRJS). Es el plazo que esta página tiene preseleccionado.
Anunciado el recurso en tiempo y forma, se ponen los autos a disposición del letrado o graduado social colegiado de la parte recurrente, que dispone de diez días para interponerlo desde que se le notifique esa puesta a disposición (art. 195.1 LRJS).
Calcular el plazo de interposición (diez días, art. 195.1 LRJS)
Qué calcula esta página
Recurso de suplicación: 5 días hábiles · Art. 194 LRJS
Anuncio del recurso. Después, 10 días para interponerlo desde que se notifique la puesta de los autos a disposición del letrado o graduado social (art. 195.1 LRJS).
Ejemplo
Fecha de notificación: viernes, 2 de octubre de 2026, con los festivos de Com. Madrid. El cómputo empieza el sábado, 3 de octubre de 2026 y el plazo vence el viernes, 9 de octubre de 2026.
Calculado por el mismo motor que la calculadora (caso fijado el 1 de octubre de 2026 y recalculado en cada publicación). Es orientativo: compruebe siempre el plazo de su caso.
Base legal en el BOE
Enlaces al texto consolidado del BOE, comprobados el 1 de octubre de 2026.